En el Código Penal Federal , los transportistas encuentran las herramientas necesarias para evitar la llamada “puerta giratoria” en el robo de carga.

Las víctimas deben estar preparadas para actuar conforme a todos los elementos que les permitan aplicar la justicia, y estar decididas a seguir un proceso penal que, al final del día, repercutirá en una menor incidencia del ilícito. 

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Si bien los delitos contra el autotransporte de carga descendieron 18% anual en 2020, de acuerdo con cifras de la Fiscalía General de la República (FGR) y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), México no deja de ser un país de elevada inseguridad para los transportistas, pues todos los días estas autoridades atienden un promedio de 40.5 denuncias. 

Así como el robo al autotransporte de carga va en descenso, las empresas pueden colaborar a poner tras las rejas a los delincuentes y, de este modo, evitar la impunidad a través de la de «puerta giratoria».

Con este objetivo, Erika Bardales Lazcano, profesora e investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), comparte con TyT algunos aspectos clave que toda empresa debe conocer para poner un alto a la “puerta giratoria”. 

La especialista expone que, en primer lugar, los empresarios del transporte deben tener o generar una cartilla de acciones mínimas a ejecutar tras ser víctimas de robo, la cual todos sus operadores deben portar en sus vehículos de carga.

Este material también debe formar parte de sus programas de capacitación y difusión interna. Y, ¿qué es lo que no puede faltar en esta cartilla?

Las empresas cuentan con una gran ventaja: que con los esfuerzos de reforma se logró que el robo de carga sea un delito federal.

Lo anterior quiere decir que la investigación deberá ser homologada en todos los ámbitos, sin importar dónde fue la detención, es decir, si fue en un camino federal o en la esquina del domicilio de la empresa o del operador: “No permita que el delito se estudie, analice o investigue en el orden local”, sostiene la especialista. 

Informe policial homologado

Otra indicación precisa es que cuando el operador recupere el conocimiento o tenga el primer contacto con los uniformados que llegaron al lugar del hecho ilícito, debe coordinarse con las autoridades para que exista un informe policial homologado. 

“Que ahí se asienten las condiciones en que sucedió el hecho, tal cual, porque eso permitirá que los abogados tengan el argumento legal para llevar el delito al orden federal.

El error común es que se determine como un delito local o como un ilícito diferente, como lesiones o robo. Lo que debe decir es robo a transporte, para que se convierta en federal”.

Erika Bardales Lazcano, investigadora de la UNAM.

El delito no acaba con el pago del seguro

La investigadora de la UNAM hace otra acotación para los transportistas: a pesar de que la aseguradora pague la mercancía robada, por solidaridad con el sector, la empresa debe continuar con la investigación para efecto de que el delito no quede impune, y no permitir que se siga cometiendo.

En este punto, es relevante que el sector empresarial sepa que ya puede tener un asesor jurídico de las víctimas público o privado, persona que, en el sistema de justicia de corte oral acusatorio, asume un papel importante para ayudar a eliminar “acuerdos bajo la mesa”, los cuales dan paso a la «puerta giratoria».

La académica sugiere a los transportistas que sea un jurídico y que sea privado, para que realice un mejor seguimiento y atención a todos los casos. 

Unión vs la ‘puerta giratoria’

Por último, Bardales Lazcano instó a los transportistas a actuar en unidad para lograr nuevos progresos en materia penal, lo cual les permita llevar a más delincuentes a la cárcel, lograr mejores investigaciones que permitan acciones de prevención y abonar en la lucha contra la impunidad.

Tal es el caso de la reforma al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, concebida para que todos los delitos cometidos al autotransporte ameriten prisión preventiva oficiosa. 

La reforma fue avalada por el Pleno en el Senado y a finales de febrero fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por parte de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Sin embargo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) informó de su desacuerdo y promoverá una demanda de acción de inconstitucionalidad en contra del decreto que señala esta medida en caso de delitos como el robo a autotransporte.

De acuerdo con la experta, la prisión preventiva oficiosa será otra herramienta para las empresas, pues un delincuente tras las rejas aporta información valiosa para desmantelar bandas criminales y analizar mejor el robo de carga.