El Gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), presentó ante Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) una Directriz de Emergencia que plantea, en esencia, fijar tarifas máximas en la prestación del servicio público del transporte ferroviario de carga.

El documento presentado, titulado “Directriz de Emergencia para el Bienestar de los Usuarios del Servicio Público de Transporte Ferroviario de Carga”, la dependencia señala que, como autoridad coordinadora del sector ferroviario, es necesario generar un marco de protección a los usuarios de estos servicios de transporte, ya se sus excesivas tarifas “han provocado un problema social y de seguridad nacional, que requiere de una medida urgente”.

De esta manera, la Secretaría a cargo de Jorge Arganis Díaz Leal, busca que la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) establezca una metodología, fije las contraprestaciones por los servicios de interconexión y las tarifas máximas en la prestación del servicio.

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La SICT se justifica

Esta dependencia considera que, como consecuencia de la inflación, el costo que actualmente se tiene que pagar por el traslado de mercancías vía tren es excesivo, situación que ha repercutido considerablemente en la economía de miles de familias mexicanas. 

La SICT recuerda que el régimen actual en materia tarifaria permite a permisionarios y concesionarios fijar libremente las tarifas, y registrar ante la ARTF las tarifas máximas aplicables. Esta práctica discrecional, considera, ha generado problemáticas como:

  1. Prácticas monopólicas. Discriminación de usuarios al impedir el acceso al servicio mediante tarifas excesivas.
  1. Las tarifas máximas registradas son elevadas. Para algunos productos básicos se tienen tarifas muy elevadas, derivado del poder monopólico de los concesionarios, con el consecuente impacto en la economía de las familias. Incluso, la SICT acusa que el precio del kilo de tortilla, es aproximadamente un peso más caro para la población, debido a los elevados costos y restricciones en el servicio de transporte de maíz.
  1. Tarifas establecidas de acuerdo con las condiciones del mercado. La dependencia considera que no hay sustento a costos operativos y que su crecimiento acumulado está muy por encima de la inflación.

Por otra parte, busca que estas problemáticas sean abordadas con una dimensión de seguridad nacional, al tratarse de costos que se trasladan a la economía y el bienestar de las familias mexicanas.

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AMF responde: es violatorio 

La Asociación Mexicana de Ferrocarriles (AMF) considera que este anteproyecto de Directriz de Emergencia es violatoria por diversas razones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y de su Reglamento. 

La agrupación subraya que la SICT no cuenta con facultades para establecer regulación tarifaria, más tomando en cuenta de que no existe la condición de “emergencia” a que se hace referencia en el documento. 

“El interés de normar de manera extraordinaria las tarifas ferroviarias, a fin de disminuir el impacto en la economía familiar, es una medida ineficiente y de poco impacto, para alcanzar el objetivo previsto en la justificación, en virtud de que el ferrocarril solo representa el 26.4% del mercado de transporte terrestre y podría resultar contraproducente a largo plazo”, comenta Iker de Luisa Plazas, Director General de la AMF en su respuesta al documento en CONAMER.

Muy puntualmente sobre las altas tarifas máximas que acusa la SICT, se rechazan las aseveraciones, toda vez que la propia Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) estima que las tarifas efectivas del ferrocarril de carga por tonelada-kilómetro (incluyendo los subsidios que recibía el ferrocarril antes de la privatización) han disminuido en aproximadamente 20% desde el inicio de las concesiones. 

Además, la OCDE señala que las tarifas del Servicio Público de Transporte Ferroviario de Carga (SPTFC) en México, junto con las de los Estados Unidos y Canadá, son de las menores del mundo. 

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La AMF incluso responde que, sobre el precio de la tortilla, el flete ferroviario solo representa 30 centavos de un kilo –el cual ronda los 20 pesos– y cuyo precio se ve afectado por otros factores como el costo internacional del grano, fletes marítimos, renta de tolvas ferroviarias, tipo de cambio, entre otros.

Los empresarios del sector representados en la AMF señalan que: “El control de precios es una acción que a todas luces desincentiva también la inversión global en logística y enrarece el ambiente de negocios del país”, por lo que esperan que sus opiniones sean tomadas en cuenta por CONAMER, SICT y ARTF en beneficio de los usuarios. 

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