El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que el complemento Carta Porte será exigible a partir del 31 de marzo de 2022, pero sólo para operaciones de comercio exterior.

Al dar a conocer las Reglas Generales de Comercio Exterior, el SAT señala que expiden estas disposiciones para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de forma oportuna y adecuada, establecidas en la Ley Aduanera y demás ordenamientos aplicables en materia de comercio exterior y aduanal.

En el transitorio primero, fracción II, del documento publicado se señala: “Lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g); y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 31 de marzo de 2022”.

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A excepción de las operaciones de comercio exterior, la entrada en vigor de este nuevo trámite fiscal será a partir del 1 de enero de 2022, como anunció el SAT el pasado martes 21 de diciembre, al publicar en el DOF la cuarta Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, la cual incluye la reforma al artículo Décimo Primero Transitorio, y no el 1 de diciembre de este año como se había previsto en un principio.

La autoridad ha dejado claro que la herramienta principal del gobierno de Andrés Manuel López Obrador para combatir la informalidad es el uso del complemento Carta Porte en el transporte, para tener la trazabilidad del movimiento de bienes y mercancías, pues asegura que la mayor informalidad se puede detectar en el contrabando o la venta ilícita de comercios que no están registrados, que producen y venden sin pagar impuestos.

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