La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que toda la información sobre las obras del Tren Maya y el Corredor Interoceánico sean tratadas como asuntos de seguridad nacional.

La dependencia aseguró que no se encontró ninguna prueba o indicio que demostrara la reserva de información sin cumplir con las leyes de transparencia.

El fallo se da luego de una controversia emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en 2021, en el que exponía que se clasificaban detalles de interés público del Tren Maya y el Corredor Interoceánico.

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No obstante, la SCJN avaló que el nuevo decreto que declara la información de las obras como asunto de seguridad nacional se realizó bajo los procedimientos legales correspondientes.

Asimismo, el órgano señaló que la controversia de 2021 tenía como objetivo proteger las facultades del INAI sobre los asuntos relacionados a la información pública.

La Primera Sala declaró infundado el recurso de queja tras concluir que la declaratoria realizada por el Consejo de Seguridad Nacional no realiza una clasificación anticipada, generalizada y definitiva de la información relacionada con el Tren Maya como de seguridad nacional.

Los jueces de la Suprema Corte deliberaron que la medida cautelar se dirigía a prevenir que la información fuera clasificada incorrectamente como reservada.

Además, aseguró que la controversia no buscaba prohibir que las autoridades a cargo del Tren Maya y el Corredor Interoceánico pudieran definir las obras como de seguridad nacional.

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