El Pleno del Senado aprobó, con 53 votos a favor, 23 en contra y tres abstenciones, la propuesta por la que se reforman diversas leyes para instaurar la prisión preventiva oficiosa a delitos graves como el robo transporte de carga y de combustible.

Esta acción responde a la reforma aprobada a principios de 2019, la cual adicionó dichos delitos en el artículo 19 de la Constitución Política para considerarlos graves y meritorios de prisión preventiva oficiosa.

Y es que el segundo transitorio de dicha reforma dictaba que el Congreso debía realizar las adecuaciones normativas necesarias para incluir en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y demás ordenamientos correspondientes las hipótesis delictivas a que se refiere el artículo 19.

Con la aprobación de las leyes secundarias se armoniza el marco jurídico para aplicar plenamente la medida cautelar en caso de estos delitos. Además, se precisa en las leyes cuáles son los delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa y se evitan malinterpretaciones en la impartición de justicia.

La prisión preventiva oficiosa también aplicará en delitos como feminicidio, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, violencia sexual contra menores, corrupción, desaparición forzada., actos delictivos cometidos con “armas replica” y no funcionales, la portación de armas de uso exclusivo del ejército, así como ilícitos cometidos en contra de las vías generales de comunicación y medios de transporte.

Por ello, la propuesta avalada, reforma y adiciona el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como reformas, adiciones y en su caso derogaciones a diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales; Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos; la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; el Código Penal Federal; la Ley General de Salud; la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; y la Ley de Vías Generales de Comunicación.

La iniciativa discutida en el Senado incluye la posibilidad de sustituir la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa cuando exista voluntad de las partes de celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, siempre que se trate de uno de los delitos en los que sea procedente dicha forma de solución alterna de procedimiento, aún y cuando dicha medida haya sido impuesta.

Sobre el tema, el senador Miguel Ángel Mancera dijo que era importante dar cumplimiento a la reforma al artículo 19 constitucional, ya que la demora en la regulación ha generado diferencia de criterios entre los juzgadores. “Se tenía que regular con toda precisión, porque en materia penal no puede haber interpretación, se tiene que cumplir con un principio de exacta aplicación de la ley”, expresó.

Por su parte, la senadora Marybel Villegas expresó que el objeto de las reformas es preservar la seguridad pública en el todo el territorio nacional, combatir el crimen organizado y las conductas que laceran a la sociedad. “Para cambiar el paradigma es necesario actualizar los marcos jurídicos que permitan a las instituciones de seguridad ser más eficientes y capaces”, concluyó.

Estas reformas fueron remitidas a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

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