Primero la desaceleración económica, ahora la crisis y con el paso de las semanas un considerable descenso en la demanda de transporte han provocado que las empresas de cualquier sector estén ajustando sus procesos, sus finanzas y, de forma colateral, sus plantillas y sus gastos.

El flujo de efectivo, la cartera vencida y prescindir de algunos costos se convirtieron en las principales preocupaciones de los empresarios. Y, evidentemente, el autotransporte no ha quedado exento de esta situación, sobre todo las compañías que prestan servicios a industrias consideradas no esenciales.

Como el tiempo apremia, para muchos llegó la hora de ajustar todo lo ajustable. En temas laborales, y considerando que la pandemia del coronavirus COVID-19 es una causa de fuerza mayor, el margen de maniobra se reduce. 

Es por eso que platicamos con María de los Ángeles Fromow, especialista en derecho laboral, quien nos contó que en este contexto, existen particularmente dos alternativas que están llevando a buen puerto la relación contractual entre las empresas y sus colaboradores.

  1. Finiquitar la relación

No es novedad decir que una empresa puede despedir a un colaborador en cualquier momento, siempre y cuando se trate de una decisión sustentada y justificada. En términos de responsabilidad y productividad.

Sin embargo, en los tiempos del coronavirus la causa está siendo la crisis económica de buena parte del sector empresarial. En este contexto, las empresas tienen la obligación de liquidar conforme a la ley.

Pero si el tema es la falta de liquidez, ¿qué se puede hacer? Fromow explicó que si las empresas no cuentan con la solvencia para liquidar a sus trabajadores, sí se pueden llegar a un acuerdo conveniente para ambas partes, a fin de que el empleador cumpla con su parte y el colaborador esté satisfecho con la oferta.

En otro extremo, la especialista explicó que si la empresa no cuenta con los recursos para liquidar a su personal, no tiene bienes inmuebles, otra opción sería iniciar el proceso para declararse en quiebra. Se trata de otro procedimiento y, naturalmente, es la última opción. Es por eso que hay un segundo acuerdo que está siendo muy socorrido en estos tiempos.

  • Baja salarial

Como está siendo un tema de causas de fuerza mayor, tanto los empleadores como los trabajadores están conscientes de que no hay una responsabilidad al interior de las empresas. Bajo este entendido, se están logran acuerdos que permitan la continuidad de la empresa y la conservación de los empleos, a pesar de las circunstancias.

María de los Ángeles Fromow explicó que, en este escenario, las empresas están desarrollando propuestas para reducir 25, 50 y 75 por ciento los salarios de sus trabajadores. 

“Se establece un periodo de tres meses, por ejemplo, y como los empleados están conscientes de la situación, lo aceptan, pues no es que la empresa no les quiera pagar, sino que el flujo de efectivo compromete no solo la plantilla laboral, sino la supervivencia de la fuente de empleo”, dijo.

En ambos casos, aclaró Fromow, es importante recabar toda la información que dé legalidad al acuerdo: firmas, fotografías, documentos, a fin de que tanto la empresa como el colaborador tengan certeza jurídica del acuerdo. 

Este acuerdo debe ser avalado por la Junta de Conciliación y Arbitraje, o en su defecto, un notario público. 

Leer: Qué hacer en temas laborales, ¿lo correcto, lo justo o lo posible?

Por último, la abogada detalló que si bien hay empresas que están acordando hacer una proporción entre el salario y el trabajo, es decir, reducir al 30% la percepción y la jornada laboral, esto no es necesariamente obligatorio, pues bien puede ser que los porcentajes no sean los mismos o, incluso, que solo se trate de una disminución económica.

“Lo más importante es que en este acuerdo que se firma, se detallen todas las características: sueldo, jornada laboral, condiciones de trabajo, prestaciones, vigencia, entre otros”.