Como ya es tradición del Foro del Consejo de Mantenimiento y Tecnología (CMT), Salvador Saavedra compartió el estatus de las normas que las autoridades alistas para el autotransporte.

Y si bien hay 28 Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y 11 Normas Mexicanas (NMX) que están en proceso de publicación, actualización, revisión o creación, el experto se centró en 12 de ellas:

NOM-194, seguridad en vehículos ligeros. Tras más de 40 reuniones con más de 60 asistentes, esta norma se encuentra en consulta pública. Incluye modificaciones a tres de sus 25 especificaciones, 10 nuevas especificaciones obligatorias y 21 opcionales.

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NOM-000, seguridad vehículos pesados. Se trata de un proyecto de norma que arrancó con bases de normalización diferentes a las acordadas en la de vehículos ligeros.

De acuerdo con Salvador Saavedra, en este momento hay un acuerdo de incluir 17 disposiciones de seguridad obligatorias y por acordar una propuesta de 15 voluntarias.

NOM-044, emisiones en vehículos pesados. Recientemente se modificaron los numerales aplicables para que el binomio EPA 07 / Euro V pueda seguir comercializándose hasta el 31 de diciembre de 2024. Esto, para que a partir de la autorización de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para que Pemex difiera el suministro solo de diesel de ultra bajo azufre (UBA) para el 2025.

NOM-014, defensas traseras. Esta norma, en proceso de ser publicada, busca regular las defensas traseras para camiones, autobuses convencionales y semirremolques.

El objetivo es que, durante una colisión trasera, los vehículos ligeros se deslicen por debajo de la unidad pesada o se incruste en ésta.

Como dato curioso, Saavedra compartió que la primera vez que se publicó la propuesta de esta norma, se inscribió en el Suplemento del Programa Nacional de Normalización en junio de 2010, por lo que ha llevado más de 11 años su formulación.

NOM-015, sujeción de la carga. En proceso final de aprobación por parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CCNN-TT), esta norma incluye nuevas responsabilidades a quienes sujetan la carga previo a ser transportada y puntualiza la responsabilidad de cada involucrado: usuario del transporte, quien sujeta la carga, el operador y el transportista.

Evita las sanciones automática a la flota, permitiéndole reapretar o adicionar elementos de sujeción sin sanción, si la carga no ha caído.

NOM-035, seguridad remolques. Terminando su proceso en la CONAMER, esta norma actualiza sus secciones de frenos, luces y defensa trasera. Además, añade especificaciones para loderas y defensas laterales.

NOM-020, autotanques. Ya aprobada para ser publicada como NOM, inicia la nueva era de especificaciones, alienándose con las 406, 407 y 412 de Estados Unidos.

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NOM-034, señalización vías de tránsito. Una normativa creada entre la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte y la de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), la cual está próxima a publicarse en el Diario Oficial de la Federación para su consulta pública.

Adiciona señales horizontales y verticales para aplicarse y homologarlas. Incluye nuevas señalizaciones, como la de prioridad de uso, señales de número de salida y de preferencia de paso; así como una propuesta de nomenclatura de calles.

NOM-001, placas de identificación. Terminada su revisión, a solicitud de los fabricantes de placas, esta norma será conjunta entre la SICT y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Como novedad, se incluye un nuevo código QR de mayor capacidad, así como un RFID para acciones de seguridad.

NMX-D-233, luces de vehículos. Actualiza definiciones e incluye tablas de especificaciones las referencias a la regulación FVSS-108. Está en proceso de ser publicada su declaratoria de vigencia.

NMX-D-321, vuelco del segundo remolque. Esta norma establece el método para evaluar a los dispositivos que previenen el vuelco del segundo remolque. Establece las condiciones de dimensiones y centro de gravedad de los vehículos y las condiciones de prueba y velocidades de la misma.  

NMX-000, transporte para personas con movilidad reducida. Esta normativa en elaboración determina las especificaciones técnicas de las unidades tipo van o sedán para el transporte para personas con movilidad reducida.

Incluirá temas como rampas que se requieren, rampas traseras o laterales, plataformas de acceso, por mencionar algunas.

Otras normas en camino

Salvador Saavedra también se refirió brevemente a otras normativas que incidirán en la operación del autotransporte:

  • NOM-236, en revisión en la Secretaría de Economía, esta norma regula las condiciones físico-mecánicas de vehículos ligeros, Está próximo a publicarse su respuesta de comentarios y la versión definitiva.
  • NOM-016, calidad de los combustibles, emitida por la CRE, debe actualizarse para ajustarse a las modificaciones de la NOM-044.
  • NOM-012, la norma sobre pesos y dimensiones llegará en 2022 a su periodo obligatorio de revisión y está pendiente saber si se abrirá a comentarios o se renovará su vigencia. Asimismo, Saavedra recordó que no se han cumplido dos partes fundamentales de esta norma: el emplacamiento de dollies y los lineamientos para los GPS.
  • NOM-053, sobre grúas de arrastre y salvamento, la cual se empezará a trabajar en los próximos días a petición de la CANACAR.
  • NOM-002, listado de sustancias peligrosas, ya en proceso de publicación.
  • NOM-002/1, instrucciones para el transporte de materiales, sustancias y residuos peligrosos, la cual está en proceso de ser enviada a consulta pública.
  • NOM-003, etiquetas para el transporte de materiales, sustancias y residuos peligrosos, a punto de ser enviada a consulta pública.
  • NOM-004, identificación de unidades para el transporte de materiales, sustancias y residuos peligrosos.
  • NOM-006, revisión ocular del vehículo destinados al transporte de materiales, sustancias y residuos peligros.
  • NOM-007 marcado de envases en transporte de materiales, sustancias y residuos peligros.
  • NOM-011, transporte en cantidades limitadas para materiales peligrosos.
  • NOM-011/1, transporte en cantidades exceptuadas, referente a productos destinados al consumidor final.
  • NOM-024, construcción de envases de transporte de materiales, sustancias y residuos peligrosos
  • NOM-029, construcción de recipientes a granel para el transporte de peligrosos.
  • NOM-043, documento de embarque de materiales, sustancias y residuos peligrosos.
  • NOM-000, una norma en proceso de elaboración sobre las plazas de cobro, que indicará la infraestructura que debe existir alrededor de estos puntos para garantizar su seguridad.
  • NOM-036, la norma de rampas de emergencia se encuentra en revisión.
  • NOM-086, sobre los señalamientos en zonas de obra.
  • NOM-001, relacionada con el número de identificación vehicular (NIV), de la cual se ha postergado la publicación de su actualización, principalmente por cambios en la nomenclatura de la dependencia que la emite.
  • NMX-D-308, resortes suspensión, en proceso de concluir su revisión.
  • NMX-D-313, sistemas de frenos de aire, apegada a los lineamientos de la regulación estadounidenses.
  • NMX-D-313-2, sistemas de frenos de aire (UN), alineada a la regulación europea.
  • NMX-D-314, respecto a la sujeción de la carga, que está en proceso de ser publicada.
  • NMX-D-315, la norma de balatas comenzará su proceso de revisión, con posibilidades de convertirse en una NOM debido a la importancia de seguridad de estos elementos en el sistema de frenos.
  • NMX-D-316, relacionada al fluido para sistemas de escape diesel (DEF).
  • NMX-D15638-1, en proceso de ser redactada se encuentra la norma del marco regulatorio de la telemática vehículos regulados.
  • NMX-D-9227, derivado de la actualización de la norma ISO, esta norma de pruebas de corrosión también está en revisión.

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Salvador Saavedra explicó que hay muchas normas relacionadas al transporte de materiales peligrosos, pues éstas son modificadas cada vez que la guía mundial de transportes peligrosos es revisada y actualizada, ya que México es parte de esta iniciativa y debe alinearse a sus estándares.

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