Continuando con la tradición de actualizar al sector sobre las normas que rigen al autotransporte que están por entrar en vigor o recientemente lo hicieron, el Consejo de Mantenimiento y Tecnología (CMT) compartió las seis normativas para este sector que alista la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

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Salvador Saavedra, Consejero Técnico de Entorno Industrial y miembro del CMT, informó que está en proceso la NOM-014-SCT, sobre las especificaciones técnicas y métodos de prueba de defensas traseras para vehículos con Peso Bruto Vehicular de diseño (PBVD) superior a 4,536 kg, la cual busca evitar que lo vehículos ligeros se deslice debajo de un pesado en caso de colisión trasera.

Informó que, tras su publicación en junio de este año, aún no se ha presentado dictamen de la CONAMER, necesario para su publicación final. “Si todo va bien y tal como lo vemos podemos tener el proyecto concluido a fines de este año o en el primer trimestre del año que entra para que el requerimiento de que los vehículos nuevos cuenten con defensa trasera adecuada para soportar el impacto de un vehículo ligero, podría estar en vigor en el segundo semestre del año que entra”, explicó.

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En el marco de webinar “Actualización Normativa 2020”, Saavedra informó que también está en proceso la revisión de la NOM-035, la cual está terminada desde finales de 2019 y está en la espera burocrática para su consulta pública.

Una de sus principales modificaciones es la inclusión de los convertidores desde el título, para eliminar la ambigüedad que también aplica para los dollies; así como sistemas de frenos apegados a la NMX-D-313, de tal manera de los fabricantes deberán hacer remolques bajo esta norma; también mejora la descripción de las lámparas requeridas para este tipo de unidades; se incluyó el requerimiento de loderas y de los dispositivos de protección lateral en apego a la NMX-D-318.

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Reveló que ya está terminada la revisión de la NOM-020-SCT, sobre los requerimientos generales para el diseño y construcción de autotanques de transporte de materiales peligrosos, que transita de la serie 300 a la 400, como Estados Unidos lo hizo hace unos años; también señala una nueva forma de calcular el recipiente, siguiendo lineamientos de código ASME y considerar impactos de la infraestructura al autotanque.

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Otra norma en proceso es la 001, sobre las placas metálicas, calcomanías y tarjetas de circulación, que busca subsanar algunas especificaciones poco claras para fabricantes de placas y perfeccionar la identificación de vehículos a través de la adición de características tecnológicas.

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En este espacio de CMT, Saavedra recordó que la  NOM-034-SCT, que habla sobre el señalamiento de horizontal y vertical en carreteras y vialidades urbanas,  la cual ya estaba lista para su publicación; sin embargo, la SEDATU solicitó especificar la señalética de zonas urbanas con el fin de que autoridades locales se apeguen a estos lineamientos.

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Aunque aún no tiene una nomenclatura, la SCT está comenzando a preparar una normativa de sujeción de carga, con la que México dejaría de ser el único país de la OCDE en no tener una reglamentación sobre el tema.

Esta norma busca resolver el problema de corresponsabilidad en caso una caída de la carga, ya que frecuentemente no es el transportista no es responsable de la sujeción de carga.

Otros pendientes

Por otro lado, recordó que la NOM-012, referente a pesos y dimensiones, aún tiene pendientes la emisión de placas de circulación para los dollies; esta acción implica la definición de las características que deben cumplir los convertidores como:

  • Número de identificación vehicular –para modelos fabricados después del 14 de marzo de 2010–
  • Apegarse a la NOM-035 –los producidos posterior al 1º de diciembre de 2010– y constancia de cumplimiento emitida por el fabricante.
  • Ser hecho por un fabricante registrado ante la DGAF
  • Aquellos producidos antes del 1º de diciembre de 2010, deberán ser verificados en sus especificaciones técnicas.

Asimismo, en la norma de pesos y dimensiones, la Secretaría no ha publicado los requisitos para los equipos GPS para los fulles, documento que no tiene una fecha de publicación, aunque para obtener la Autorización Expresa ya se pide un contrato como evidencia de que este dispositivo está instalado.

 De acuerdo con estos lineamientos, los GPS deberán:

  • Emitir alertas al operador desde su base y si entra en caminos de menor clasificación sin tener permiso de conectividad
  • Si excede los 80 km/hr
  • Almacene información cuando esté fuera de zonas sin señal

También parte de la normatividad a fulles, la dependencia alista una nueva Autorización Expresa que se caracterizará por tener un costo, requerir una inspección física y ser un trámite más largo.

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Finalmente, Saavedra recordó que, en materia medioambiental, recientemente se prorrogó el fin para la producción e importación de vehículos con estándares Euro 5 / EPA 07 hasta el 3 de diciembre de 2021; esto, debido a la falta de diesel UBA en determinadas zonas del país, algo que impacta particularmente a los prestadores de servicios de transporte regional. La publicación en el DOF de esta modificación a la NOM-044-SEMARNAT está aún pendiente.

“Quienes tienen la certeza de que van a transitar y dar servicio en zonas donde esté disponible el combustible para Euro 6 /EPA 10, sería preferible lo tuvieran puesto que es más amigable con el medio ambiente”, dijo en este webinar.