Con el requerimiento del CFDI de tipo Ingreso o Traslado con complemento Carta Porte han surgido diversas dudas que los transportistas y generadores de carga deben aclarar para evitar problemas en la operación. 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que los transportistas no están obligados a circular con un Comprobante Fiscal por Internet (CFDI) de Ingreso o de Traslado con complemento Carta Porte cuando realizan un viaje en vacío. 

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Es decir, a los transportistas que viajen con accesorios como racks, charolas, cajas, tambores, tarimas, ballets y contenedores vacíos, entre otros, los elementos de la Guardia Nacional, personal de inspección de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), así como autoridades sanitarias no deberán solicitarles el complemento CP. 

Tratándose de accesorios para el traslado de bienes y/o mercancías o cuando el medio en el que se traslade la mercancía regrese vacío, no se deberá emitir CFDI (factura) con complemento Carta Porte”. 

La autoridad especificó que las empresas sí están obligadas a portar una factura con complemento CP cuando se trate de embalajes en los que se hayan trasladado materiales y residuos peligrosos. 

Sin embargo, cuando el transportista es contratado para realizar el traslado de estos accesorios, sí deberá expedir el CFDI de Ingreso con Complemento CP, siempre y cuando circule por una vía de jurisdicción federal, sin importar qué tan pequeño sea el tramo. 

En caso de que el traslado no implique un tramo de jurisdicción federal el transportista podrá expedir un CFDI de tipo Ingreso sin complemento Carta Porte, en el que registre la clave de producto y servicio de acuerdo con el ‘Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte’, que al efecto publique el SAT en su Portal”. 

¿Qué pasa cuando se viaja con equipo y herramienta de trabajo de la empresa transportista? 

Cuando los operadores o la empresa transportista traslada en sus unidades de carga los equipos, herramientas y materiales de trabajo que utiliza para prestar el servicio deben emitir un CFDI de tipo Traslado sin complemento CP, para acreditar su pertenencia.  

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En presuntas frecuentes, el SAT expuso que cuando sean contratados para prestar ese servicio y transitan solo en vías locales, deberán emitir la factura de Ingreso, sin complemento Carta Porte. 

En caso de que el servicio implique transitar por un tramo de jurisdicción federal, el transportista deberá expedir el CFDI (factura) de tipo Ingreso con complemento. 

Refacciones, sin complemento Carta Porte, pero… 

El organismo dirigido por Raquel Buenrostro añadió que los transportistas no generarán un CFDI con complemento Carta Porte cuando trasladen en sus unidades las refacciones que utilizan para la prestación del servicio de carga. 

En este caso, los transportistas deben presentar a la autoridad que los inspecciona la factura que ampare la adquisición de las refacciones que transportan. 

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La autoridad no especifica qué tipo de refacciones o las características, como las dimensiones, que ameritan portar la factura de compra. 

Como en los casos anteriores, cuando se preste el servicio para trasladar alguna refacción de uso en el autotransporte, se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso y recibir del cliente la información necesaria para acompañarla con el Complemento Carta porte, si transitará por algún tramo federal. 

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