Caminos y Puentes Federales anunció que los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en sus unidades administrativas con motivo de la emergencia sanitaria del COVID-19.

A través de un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), Capufe explicó que para efectos de los actos y procedimientos administrativos realizados por sus distintas unidades administrativas, no se considerarán hábiles los días 15 al 30 de junio de 2020, sin implicar suspensión de labores.

“Lo anterior, sin perjuicio de habilitar los días y horas que requieran las unidades administrativas para el cumplimiento de sus atribuciones, así como de asignar las guardias de personal que cada una de las mismas requieran”, se lee en el artículo primero del acuerdo.

Durante los días citados, agregó, no se computarán los plazos y términos correspondientes en los actos y procedimientos administrativos que se sustancien ante las unidades administrativas de Capufe.

“Las unidades administrativas de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos iniciarán operaciones gradualmente, de conformidad con las determinaciones que dicte la autoridad sanitaria federal, que deberán asegurarse de cumplir con todas y cada una de las recomendaciones sanitarias y de sana distancia, establecidas para tal efecto por la referida autoridad”, agrega el documento.

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Este acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Y aunque está fechado en Cuernavaca, Morelos, el 15 de junio de 2020, la dependencia lo publicó este viernes 26 de junio en el Diario Oficial de la Federación.