La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los horarios de circulación para vehículos sobredimensionados, en las vacaciones de Semana Santa 2023.

El aviso anual referente a Semana Santa está dirigido a todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal.

La SICT, a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), precisó que el periodo de las vacaciones de Semana Santa comprende de las 00:00 horas del 31 de marzo, a las 23:59 horas del 16 de abril.

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Días y horarios de operación

Así, de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012, los vehículos sobredimensionados podrán operar en como se indica: 

Los días, 3, 4, 11, 12 y 13 de abril: 

  • Todo el día cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4; es decir, de las 00:00 horas a las 23:59 horas, conforme al numeral 5.5.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.
  • Cuando transiten por caminos ET2, A2, B2, C o D de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas, condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

Los días 5, 14 y 15 de abril:

Para cualquier tipo de camino, de las 6:00 a las 14:00 horas, en el periodo de vacaciones de Semana Santa, de conformidad con los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040.

Prohibida la circulación de sobredimensionados 

La SICT precisó que los vehículos referidos con antelación deberán suspender totalmente su tránsito el 31 de marzo, así como el 1, 2, 6, 7, 8, 9, 10 y 16 de abril de 2023.

SICT precisa excepciones

En un tercer artículo, la autoridad que regula al Autotransporte Federal indicó que quedan excesos aquellos vehículos sobredimensionados especializados relacionados con proyectos u obras a cargo del Gobierno de México. 

Es decir, se exceptúa a usuarios y permisionarios involucrados en proyectos públicos de infraestructura asociada a los sectores de comunicaciones, telecom, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, sector ferroviario, energético, puertos, aeropuertos, y otros sectores prioritarios.

El documento respecto a las vacaciones de Semana Santa fue enviado a revisión por la Conamer y, tras su dictamen, fue publicado esta mañana en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación a partir del 31 de marzo.

El objetivo de la SICT es que las restricciones de circulación para los sobredimensionados permitan un mejor flujo vehicular de las familias y turistas que viajan en las vacaciones de Semana Santa.

De esta forma, la autoridad fomenta la seguridad de los usuarios que viajan por las carreteras federales en las vacaciones de Semana Santa.

La SICT considera necesario difundir las restricciones entre el sector para que se tomen las previsiones pertinentes.

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