En el recorrido de RutaTyT de esta semana, Octavio Ocaña, gerente de Cuentas Corporativas de Buzón e, comparte los puntos más relevantes de las reglas y precisiones anunciadas por la autoridad fiscal en complemento Carta Porte. 

En el podcast, el especialista invitado explica la regla para la prestación de Servicios Dedicados, creada en la Miscelánea Fiscal para 2023. 

Añade que las precisiones realizadas en el Apéndice 15, del Instructivo de llenado del CFDI al que se incorpora el Complemento Carta Porte, da confianza a los contribuyentes para expedir el documento sin errores. 

Pueden estar confiados de que en la práctica no significará nuevamente algún reto para cumplir con el llenado como lo pide el SAT”. 

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El Gerente de Cuentas Corporativas de Buzón e ahonda en la logística inversa, y aquellas disposiciones aplicables en las devoluciones de mercancías, los descuentos, cambios de ruta, casetas o kilometraje adicional. 

La regla te dice que, si el precio del transporte es mayor al monto de la factura original con la que se hace el viaje, se tendrá que hacer una nota de crédito, la cual no traerá el complemento Carta Porte”. 

El SAT ya no te obliga que hagas la devolución con el complemento Carta Porte, pero sí te pide que relaciones a la original”. 

El SAT limita la responsabilidad

Octavio Ocaña expone que una de las quejas recurrentes era la responsabilidad que implicaría a un transportista el que su cliente proporcione datos incorrectos para el llenado del Carta Porte. 

El SAT, en la Miscelánea Fiscal para 2023 y el Instructivo de llenado, dio claridad a las dos partes. 

El especialista de Buzón E añade que uno de los retos persistentes es el intercambio de información y expone los esfuerzos que realizan en el sector. 

Sin duda, reconoce, otro de los puntos clave que la autoridad fiscal debe atender es el hombre-camión, empresario que debe migrar hacia la tecnificación para cumplir de forma adecuada con el complemento Carta Porte. 

Te invitamos a escuchar la charla que tuvimos con Buzón E: