Avanza en el Senado el análisis del anteproyecto de dictamen de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, sin embargo, las medidas mínimas para el tránsito de fulles, semirremolques y articulados han dividido la discusión en la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad. 

La Comisión presidida por la senadora Patricia Mercado tiene desacuerdos en nueve artículos del Título Segundo del proyecto, entre los que está el peso máximo transportado en los fulles, semirremolques y articulados. 

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Durante una reunión de trabajo para revisar el anteproyecto de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, sostenida el miércoles, el senador Emilio Álvarez Icaza dijo que el peso permitido en México de 75 toneladas y 31 de longitud, excede por mucho al de otros países. 

Varios de los accidentes ocasionados por estos transportes cargan 100 toneladas de peso, “no sólo hay una norma excesiva, sino poco controlada”, aseveró el legislador.  

Ante la falta de consenso, acordaron revisar, junto con la Comisión de Comunicaciones y Transportes, la iniciativa para regular ese tipo de vehículos pesados, presentada por el senador Ricardo Monreal Ávila.  

Patricia Mercado añadió que otros temas que han generado desacuerdo son el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y los estándares para autos nuevos, además de que fue eliminado un artículo que correspondía a las plataformas proveedoras de soluciones de movilidad.

Respecto al Sistema Nacional de Movilidad de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, expuso que la discusión que se da es en torno a que no se trate de una estructura pesada en términos de financiamiento, si no en lograr algo lo más eficiente posible.    

Sobre los estándares de vehículos nuevos, Álvarez Icaza dijo que existen dos tipos de regulación: para venta en el extranjero o en México, siendo los primeros los más seguros. 

El derecho humano a la movilidad y seguridad vial, declarado por el Gobierno mexicano en diciembre pasado, otorga facultades al Congreso de la Unión para expedir una ley general en la materia, lo cual tenía como fecha límite la primera quincena de junio. 

Esta Ley tienen la tarea de facultar a los municipios y Zona Metropolitana del Valle de México para establecer medidas de planeación que impacten de forma positiva en los servicios de transporte público y genere las condiciones para que los ciudadanos transiten seguros, sin importar su medio de transporte. 

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