Inició la primera etapa de las restricciones (ordenamiento) al autotransporte de carga en el municipio de Querétaro. A partir de este viernes 28 de agosto, quienes circularon de 6:30 a 9:00 horas en la localidad debieron registrar su viaje para evitar multas. 

La naturaleza de la medida es restringir el tránsito de unidades de carga pesada en las vialidades de Querétaro en “hora pico” y se recurrió a un registro para tener mayor control sobre la circulación y recabar datos que abonen al ordenamiento del municipio. 

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Las empresas de autotransporte de carga que están constituidas en la localidad harán un registro anual de su flota, el cual vence cada 31 de diciembre. Ello, con la finalidad de quedar amparados, para que no les aplique esta restricción. 

La petición del municipio es ajustar su logística para evitar circular entre las 6:30 y 9:00 horas de la mañana.    

En el caso de los foráneos o unidades de largo itinerario, harán un registro por viaje en la plataforma de la Secretaría de Movilidad del municipio de Querétaro. 

Esta es la forma en que los transportistas informarán a las autoridades de su paso necesario u obligado por la zona metropolitana en el horario restringido y su vigencia es de 24 horas. 

Este registro se hará por viaje y solo aplica para los foráneos que están obligados a circular entre 6:30 y 9:00 horas por el municipio.

Si el paso está programado para cualquier otro horario, “ninguna autoridad puede sancionar, ni hacer ningún acto de molestia porque la unidad circula fuera del horario de restricción”, informó el municipio de Querétaro. 

El criterio para definir la restricción se basa en las medidas, un vehículo con una distancia mayor a 4.5 metros entre su eje delantero y trasero se considera de carga pesada. La forma  de medirlo es a través del centro del eje delantero al centro del eje trasero. 

¿Quiénes están exentos en Querétaro? 

  • Las unidades que cuenten con tecnologías que minimicen la emisión de contaminantes, como es el caso de los vehículos eléctricos. 
  • Unidades revolvedoras y bombas de concreto. 
  • Mensajería y paquetería en carga consolidada. 
  • Unidades con sistema de refrigeración. Aquí se observará el cuidado del producto, que realmente se transporten alimentos o mercancías que requieran refrigeración.  

    En el caso de que se deba transitar entre 6:30 y 9:00 con la caja vacía, la empresa deberá registrar la unidad, para informar a las autoridades de este movimiento. 
  • Transporte de materiales y residuos peligrosos que acrediten ante la Secretaría de Movilidad, el cumplimiento de la estipulado por la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, Normas Oficiales Mexicanas de la materia y demás disposiciones normativas aplicables. 
  • Los vehículos de emergencia y del servicio público.  

El Gobierno municipal recordó que aquellas unidades que exceden las dimensiones, el Gobierno federal les emite un permiso para que circulen en carreteras, y no necesitarán de nada más para transitar por el municipio. 

Las autoridades externaron la disposición de catalogar como transporte local a empresas transportistas ubicadas en otras localidades dentro del estado de Querétaro, así como en Guanajuato, pero que tienen una gran actividad en el municipio o municipios del área metropolitana. 

La Secretaría de Movilidad definió, de inicio, que las empresas transportistas ubicadas en Ezequiel Montes y Corregidora serán denominadas de transporte local, así es como ingresarán su registro en la plataforma. 

Mapa que ubica las vialidades en las que aplica la restricción.

Tracto doblemente articulado… 

Para el caso de los tractocamiones doblemente articulados y de largo itinerario, se mantiene la restricción que solo les permite circular entre las 22:00 y 5:00 horas, de lunes a viernes. 

Aquellos que, por cuestiones propias de la logística de sus clientes, deban circular entre las 6:30 y 9:00 horas, deberán registrarse en la plataforma de la Secretaría de Movilidad.

Las autoridades atenderán las dudas de los transportistas en el teléfono 4422387700 ext. 7929, también pidieron escribir al mail tc.semov@municipiodequeretaro.gob.mx

La segunda restricción de horario, de 17:30 a 20:30 horas, aprobada a inicio de año para el autotransporte de carga entrará en vigor a partir del 27 de octubre.

El costo de…