El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplazó al 1 de octubre de 2022, siete meses más de lo previsto, el inicio de la exigencia del complemento Carta Porte en las operaciones de comercio exterior. 

En una primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, el SAT informó de la nueva extensión de la obligatoriedad del complemento Carta Porte en las aduanas del país. 

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Lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h), en lo relativo al folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de octubre de 2022”. 

El pasado 24 de diciembre, la Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una prórroga, para que el documento sea exigible en operaciones de comercio exterior a partir del 31 de marzo y no el 1 de enero, como sucedió con el resto de traslados de carga que se realizan en territorio nacional.  

Con las nuevas reglas, los transportistas deben contar con el número de pedimento, antes de ingresar al país, para incluirlo en el CFDI con complemento y entregar el folio fiscal o UUID de éste al despacho aduanero. 

Al no existir las condiciones para contar con el pedimento y generar el complemento Carta Porte, la autoridad fiscal ha extendido su obligatoriedad por 10 meses, dado que ésta debió iniciar el primer minuto de 2022. 

El documento disponible en el portal del SAT expone que la Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. 

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Esta mañana, por medio de un comunicado, el SAT informó la extensión, al 30 de septiembre, del periodo en que los contribuyentes pueden expedir facturas con complemento Carta Porte con errores, sin que sean sancionados. 

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