Las unidades de transporte público en todas sus modalidades, que gocen de una concesión o permiso emitida por la Secretaría de Movilidad de Tabasco, podrán prestar servicio al 50% de su capacidad todos los días de la semana de las 5:00 a las 22:00 horas.

Asimismo, el gobierno del estado informó que el uso correcto del cubrebocas continúa siendo estrictamente obligatorio, tanto para choferes y prestadores de servicio, como para todos los usuarios.

En tanto, la Secretaría de Movilidad determinó que las unidades deberán contar con un contener de gel antibacterial al 70% de alcohol, con la cantidad necesaria para el número de pasajeros de transporte, mismo que deberá ser rellenado de manera constante.

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«Las unidades de transporte público de pasajeros individual (Taxi Especial, Taxi Plus o Radio Taxi, taxi Rosa, villas y poblados) podrán prestar el servicio conforme al horario y jurisdicción que señale la concesión o permiso respectivo, bajo las condiciones de capacidad al 50%», señala el acuerdo de movilidad firmado por el gobernador del estado, Adán Augusto López Hernández; el secretario de Gobierno, José Antonio de la Vega Asmitia; y el titular de Movilidad, Narciso T. Oropeza Andrade.

Con respecto a las unidades de transporte público mixto (motocarro), la dependencia enfatizó que no podrán prestar el servicio a más de una persona a la vez, mientras su horario de modalidad es diurno, de las 5:00 a las 19:00 horas.

Finalmente, la Secretaría de Movilidad advirtió que las unidades de transporte público que circulen fuera de los horarios establecidos y rebasen la capacidad serán retenidas y sancionadas conforme a la legislación.

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«La violación de alguna de las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo, será objeto del retiro de circulación de la unidad motriz, remitida al corralón y se emitirán las sanciones administrativas correspondientes, y en el caso de reincidencia de la unidad, chofer, conductor o prestador del servicio se impondrá la cancelación de la concesión o permiso», resaltó el documento.