El tope a la deducibilidad de los “gastos ciegos” que enfrenta el autotransporte de carga, pasaje y turismo federal golpea a las flotas, en un entorno de lenta recuperación económica, afectada por la ausencia de una política contracíclica y la crisis sanitaria que se niega a ceder; sin embargo, en manos de las empresas está actuar con prontitud para evitar un knock out. 

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó el pasado 30 de marzo, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una serie de ajustes a los beneficios fiscales otorgados al autotransporte federal, entre ellos el tope en la deducibilidad a los denominados ‘gastos ciegos’.

Leer: Tope a deducibilidad fiscal, ¿cómo impacta al autotransporte?

Entre ellos, determinó que el servicio mantendrá la deducción de hasta 8% de sus ingresos sin comprobantes fiscales; sin embargo, este beneficio no debe exceder el millón de pesos en el actual ejercicio fiscal.

Para Elio Zurita Morales, integrante de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores, lo mejor que pueden hacer las empresas es actuar con celeridad y voltear a ver hacia el interior de sus finanzas, con objeto de hacer un recorrido por el histórico de sus ingresos y el porcentaje de los gastos que cada año deducen sin comprobantes fiscales.

Si con el tiempo, sus ingresos anuales han superado los 12.5 millones de pesos y han aplicado el tope de 8% del beneficio, entonces deben poner manos a la obra. 

¿Qué hacer? El especialista refiere que, después de tener perfectamente ubicados cuáles han sido sus ingresos históricamente y cuál ha sido el porcentaje ocupado bajo la facilidad fiscal, las flotas deben detectar los gastos sin comprobantes más frecuentes en su operación, con el objetivo de migrar hacia la obtención de éstos.

De hecho, los transportistas podrían ser más estrictos con su personal para que exija las facturas. 

Otro aspecto observable es el gasto sin comprobar por operador, con la finalidad de detectar hábitos entre los colaboradores que los llevan a realizar un mayor gasto sin comprobantes: “Si no puedo hacer nada, debo tener en cuenta que habrá un efecto de ya no pagar el 16% de Impuesto Sobre la Renta, sino hasta el 30 por ciento”, asevera. 

Al respecto, Carlos Alberto Burgoa Toledo, catedrático de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), añade que los transportistas pueden generar acuerdos comerciales con otras empresas prestadoras de servicios de mantenimiento (talleres), restaurantes o pensiones en las distintas rutas frecuentadas a fin de tener la certeza de que obtendrán un comprobante fiscal. 

Los especialistas coinciden en que otra de las opciones que tiene el autotransporte, dentro de la norma, es escindir la empresa. Zurita Morales expone que debe analizarse a profundidad cuáles son los riesgos que se enfrentan, y si es más costoso para una compañía pagar hasta el 30% de ISR en lugar del 16 por ciento, por superar el millón de pesos de “gastos ciegos”, vender los camiones a otra firma o escindir. 

Aun cuando el catedrático de la UNAM declara que los afectados pueden recurrir al juicio de amparo, deben estar conscientes de dos limitantes determinadas por la Corte.

La primera señala que los beneficios fiscales otorgados por el Ejecutivo federal no se rigen por los principios constitucionales, es decir, no tienen que ser ni equitativos ni proporcionales.

El segundo punto expuesto por la autoridad, es que se trata de facilidades administrativas que el Gobierno da de manera discrecional. Ante ello, los transportistas podrían tener éxito ante la Corte al argumentar que el Gobierno federal está desestimando y dejando de lado los derechos básicos relativos al comercio, en un contexto de crisis económica por efectos de la pandemia. 

Golpe inesperado

Hasta la primera mitad de abril, la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), liderada por Enrique González Muñoz, se encontraba en conversaciones con la autoridad hacendaria en busca de echar para atrás la limitante calificada por el sector como un duro golpe para los transportistas. 

Nos preocupa porque nos están quitando la posibilidad de poder acreditar los gastos que no son comprobables, lo cual incluye un problema que ha ido en ascenso: el “boteo” o cobro de cuotas de campesinos en Chiapas, Guerrero y Oaxaca; maestros y estudiantes en Oaxaca, Michoacán y el Estado de México; y etnias en Sonora, Chihuahua y Chiapas”. 

Enrique González, presidente de Canacar.

También consultado por TyT, Felipe de Javier Peña Dueñas, Presidente de la Comisión de Transporte de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), recuerda que los beneficios fiscales otorgados al transporte son una manera de compensar las diferencias existentes entre los mayores costos logísticos de las empresas mexicanas, con respecto a sus principales competidores en el exterior. 

Además de actuar como un mecanismo de compensación de asimetrías, añade, los beneficios aplicados al autotransporte también fortalecen la complementariedad entre nodos.

De esta forma, los líderes del sector privado reprobaron la decisión tomada por Hacienda de topar los ‘gastos ciegos’, misma que entró en vigor desde el pasado 31 de marzo y aplica para los ingresos propios recibidos del 1º de enero pasado hasta el 31 de diciembre de 2021.

Además de los ‘gastos ciegos’…

La dependencia a cargo de Arturo Herrera también determinó que las empresas de autotransporte federal que acrediten por primera vez el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) pagado por concepto de diesel, deben entregar un aviso dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la declaración donde acrediten el estímulo.  

En lo que respecta a la acreditación hasta del 50% del pago de casetas por el uso de la infraestructura de la Red Nacional de Autopistas de Cuota para los transportistas con ingresos menores a 300 millones de pesos anuales, Zurita Morales establece cambios en los pagos provisionales.  

Explica que, en el pasado, las empresas aplicaban pagos provisionales y, cuando superaban el máximo permitido, los dejaban de aplicar. Ahora, si ya presentaron –por ejemplo– cinco declaraciones en las cuales fueron acreditados, la Secretaría de Hacienda pedirá la complementarias a quienes exceden esos ingresos acumulados al año, y deberán pagar actualizaciones y recargos.

De esta siete de cambios es la limitante a los ‘gastos ciegos’ la decisión que más preocupa a los transportistas. De hecho, la Confederación Nacional de Transportes Mexicanos (Conatram) sostuvo que la medida afecta al hombre-camión y podría, al grado de sacarlo del juego.