Los operadores y conductores de los servicios de transporte de pasajeros y de carga estarán obligados por ley a portar correctamente el cubrebocas mientras desempeñen labores en Chihuahua y Sonora.

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En tanto, los Congresos de Zacatecas y Durango analizan aprobar nuevas leyes que también conviertan en obligatorio el uso del cubrebocas en espacios públicos, centros comerciales, industrias y centros de trabajo.

Estas medidas se dan ocho meses después del inicio de la crisis sanitaria en el país y luego de un alza en el registro de contagios en distintas entidades, que provocó el endurecimiento de restricciones para la población y el retroceso a rojo en el semáforo epidemiológico.

Hasta ahora, México rebasa el millón de casos COVID-19 y se acerca a la cifra de 100 mil fallecidos, revelan cifras de la Secretaría de Salud federal. La CDMX, Edomex y Nuevo León encabezan la lista de las entidades con el mayor registro de contagios.

Aunque el Gobierno federal, que encabeza Andrés Manule López Obrador, insiste en que el uso del cubrebocas no es útil contra el COVID-19 y que su obligatoriedad pone en riesgo los derechos humanos, estas entidades han decidido incorporarlo en sus leyes mientras dure la pandemia.

Chihuahua 

Todas las personas que se encuentren en territorio chihuahuense están obligadas a portar el cubrebocas, considerado como una herramienta preventiva ante el COVID-19.

Su uso está obligado en vías y espacios públicos o de uso común, como en el interior de establecimientos, ya sea de comercio, industria o servicios, y centros de trabajo de cualquier ramo.

Lo mismo aplicará para usuarios, operadores y conductores del servicio de transporte de pasajeros.

La medida es vigente desde el 15 de noviembre, tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado. 

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Sonora 

El 3 de noviembre, el Congreso de Sonora aprobó la creación de una ley que regula el uso obligatorio de la mascarilla facial en espacios públicos, oficinas y transporte público, de manera que se podrá negar el ingreso a las personas que no las porten.

Además, en el interior de establecimientos, ya sean de comercio, industria o servicios, como centros comerciales considerados esenciales o no esenciales. El cumplimiento de estas medidas será un requisito para la expedición de sus licencias de funcionamiento.

Este lineamiento permanecerá durante toda la emergencia sanitaria y hasta que las autoridades federales declaren oficialmente su conclusión.

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Colima 

Desde agosto, esta entidad hizo obligatorio entre la población el uso del cubrebocas para tratar de frenar los contagios por COVID-19.

La ley definió amonestaciones, multas y arrestos de hasta 36 horas para aquellos que no acaten la medida.  

Los elementos de las policías municipales son los encargados de vigilar el cumpliemiento de esta nueva reglamentación.

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Zacatecas 

El Gobierno del Estado sometió a consideración del Poder Legislativo una iniciativa de Ley que regula el uso de cubrebocas como ordenamiento especial y excepcional. 

De aprobarse, será legal la aplicación de sanciones a quien no cumpla con la obligatoriedad del uso de la mascarilla.

La iniciativa incluye 23 artículos y dos transitorios, en los que se establecen las diferentes figuras de caución en los casos en los que los verificadores sanitarios así lo determinen.

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Durango

El Congreso de Durango discute una iniciativa sobre la obligatoriedad del cubrebocas para todas las personas que se encuentren en vías y espacios públicos o de uso común.

Deberá ser usado en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, y centros comerciales, considerados como esenciales o no esenciales. 

Usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte de pasajeros y transporte de carga también estarán obligados a portarlo, de aprobarse el proyecto de ley.

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El resto de las entidades definieron la obligatoriedad del cubrebocas solo en sus consejos locales de salud o como medidas preventivas, sin estipularlo como ley.